ProConsumidor orienta personal de Coopinfa sobre sus derechos y Ley que brinda protección
Santo Domingo, RD-Con el objetivo de orientar sobre los derechos de los consumidores y los mecanismos existentes, la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de los Integrantes de las Fuerzas Armadas, COOPINFA a través de Instituto Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) ofreció una charla titulada: Derechos del Consumidor, para todo el personal que labora en la entidad cooperativista.
En el encuentro, los facilitadores Luis Carlos Ramírez y María Rodríguez del departamento de Educación de ProConsumidor, explicaron a los asistentes sobre la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, No. 358-05, que es la que los resguarda de bienes y servicios, mediante la aplicación de las normas jurídicas establecidas.
“Todo proveedor de bienes y/o servicios está obligado a proporcionar al consumidor o usuario en la etiqueta o soporte similar, una información, por lo menos, en idioma español, clara, veraz, oportuna y suficiente sobre los bienes y servicios que oferta y comercializa”, explicó Luis Carlos Ramírez durante su intervención.
Esta charla forma parte del programa de Educación al consumidor por parte de ProConsumidor, entre los temas abordados están: derechos de los consumidores, proceso de reclamación y denuncia, consumo responsable, publicidad engañosa, garantías, contratos de adhesión, entre otros.
El consumidor tiene derecho a:
1) Protección a la vida, a la salud y seguridad física en el consumo o uso de bienes y servicios.
*El proveedor debe disponer de productos y servicios que no presten riesgo o daño alguno, que pueda manifestarse en el presente o tener consecuencias en el futuro para la vida del ser humano.
*El consumidor debe mostrarse activo y alerta al momento de realizar sus compras o adquirir cualquier tipo de servicio.
2) Educación para el consumo y el uso de bienes y servicios
*El consumidor debe tener acceso a la educación necesaria que le permita conocer derechos y la forma de ejercerlos.
*La educación en consumo, posibilita al ciudadano la adquisición de conocimientos y conceptos claros sobre su condición de consumidor, sus derechos y obligaciones, y los mecanismos establecidos para actuar como consumidor informado y razonable.
3) Recibir de los proveedores una información veraz, clara, oportuna, suficiente, verificable y en español que le permita elegir conforme a sus deseos y posibilidades sobre los servicios ofrecidos en el mercado.
Los proveedores deben ofrecer información a través de cualquier medio disponible, como: etiquetas, instructivos, contratos, garantías, y cualquier otro documento que oriente al consumidor sobre el producto o servicio adquirido.
4) La protección de sus intereses económicos mediante un trato equitativo y no discriminatorio o abusivo por parte de los proveedores.
Esto significa que: *Los bienes y servicios deben tener precios razonables y accesibles, de acuerdo a la calidad. *Las condiciones de las transacciones deberán ser claramente especificadas. *Las ofertas y promociones no deben inducir a confusión o engaño. *Las garantías deber ser cumplidas por el proveedor, según las condiciones establecidas en el documento. *Los contratos de adhesión, no deben contener cláusulas abusivas que perjudiquen al consumidor.
5) La reparación oportuna de los daños y perjuicios sufridos por el consumidor, siempre y cuando los riesgos y daños no hayan sido previamente informados por el proveedor.
El consumidor tiene derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna de los daños materiales y morales ocasionados por el incumplimiento a lo pactado en la transacción, o por vicios y defectos del producto o servicio.
6) Asociarse y constituir agrupaciones que vayan en defensa de sus derechos.
Los consumidores y usuarios tienen derecho a constituirse en asociaciones y organizaciones para la representación y la defensa de sus intereses.
La función principal de las organizaciones de consumidores es promover la educación y orientación, y la defensa de los consumidores ante los organismos competentes.
7) Acceder a las instituciones correspondientes para la protección de sus derechos y sus legítimos intereses, mediante un procedimiento breve y gratuito.
Todo consumidor tiene derecho a ser escuchado en los organismos de protección al consumidor.
8) Acceder a una variedad de productos y servicios que permitan su libre elección, y elegir al proveedor que más le convenga.
El Estado debe disponer de una variedad de productos y servicios que le permitan al consumidor satisfacer sus necesidades. Los consumidores tiene derecho a realizar las operaciones de consumo, escogiendo las alternativas que satisfagan sus requerimientos.
El proveedor debe evitar prácticas comerciales como intimidación, coacción o cualquier otra forma de presión que induzcan al consumidor a elegir un bien o servicio contra su voluntad.
9) Vivir y trabajar en un ambiente digno y sano que no afecte su bienestar y que no sea peligroso.
La calidad de vida mejorará en la medida en que los gobiernos, los consumidores y los proveedores tomen acciones responsables para la preservación del medio ambiente.
El consumidor debe actuar en consecuencia, eligiendo productos y servicios de proveedores y fabricantes que protejan el medio ambiente a través de prácticas de producción, responsables y menos contaminantes.
No Comments